OMITIR UN PAGO/CONTRATO DE PRÓRROGA DE PAGO DE UN PRÉSTAMO TÉRMINOS Y CONDICIONES
Puedes optar a omitir el pago mensual de tu préstamo, siempre que todas tus cuentas estén al corriente de pago y con sujeción a lo siguiente:
:
– Todas las solicitudes para omitir un pago estarán sujetas a revisión de suscripción y a la aprobación final de TSCU.
– Para estar al corriente de pago, todos sus préstamos deben estar al día y no pueden tener un retraso superior a 29 días en los últimos 6 meses.
– Los intereses seguirán acumulándose en tu préstamo y el pago omitido hará que tu préstamo se prorrogue más allá del vencimiento original de
, lo que puede modificar el importe total y el calendario de amortización y aumentar los gastos financieros totales. Todos los demás términos y condiciones del préstamo de
permanecerán inalterados.
– Se cobrará una comisión de 40,00 $ por cada pago del préstamo que decida omitir. La tasa debe abonarse en el momento de la solicitud.
– Debe cumplimentar el Acuerdo de Omisión de Pago/Prórroga de Pago de Préstamo para los préstamos que desee omitir.
– Si tu préstamo está asegurado con la Protección de Pagos, tu prima mensual por la cobertura seguirá añadiéndose al préstamo en el mes omitido de
.
– Las prórrogas de pago/préstamo no están cubiertas por la contratación del seguro GAP y se deducirán de la liquidación GAP de
.
– Puede utilizar este programa, sujeto a aprobación, dos veces cada periodo renovable de 12 meses, pero no durante meses consecutivos.
– Si se aprueba, y tu préstamo se paga automáticamente o mediante deducción en nómina, los fondos para el pago no se transferirán
al préstamo y permanecerán en tu cuenta corriente o de ahorros.
– Todas las partes del contrato de préstamo original, incluidos los coprestatarios, cosignatarios y/o avalistas, deben firmar el Acuerdo de Prórroga de Pago/Pago de Préstamos de Skip A
.
– Deberá reanudar sus pagos el mes siguiente al pago omitido.
– Los préstamos que no son elegibles y no cumplen los requisitos para el Acuerdo de Omisión de Pago/Prórroga del Pago del Préstamo incluyen:
– Préstamos con un historial de pagos inferior a seis meses
– Préstamos con una TAE (tasa anual equivalente) que, si se añade la comisión de solicitud, superaría la TAE máxima permitida por
(generalmente el 21%).
– Préstamos garantizados con bienes inmuebles o una vivienda, con certificado de garantía, con cláusula de amortización global o préstamos abiertos
como las líneas de crédito hipotecario, las tarjetas de crédito o los préstamos rápidos.
– Préstamos no al corriente de pago, incluidas deudas reestructuradas, préstamos en quiebra y préstamos morosos.
– El exceso de pagos omitidos puede anular la cobertura.